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Mediante esta información conocerá las características del nuevo modelo de Formación Continua que el Ministerio de Trabajo ha establecido para todas las empresas con sede en el territorio español.
Con este modelo, el Ministerio pretende fomentar la formación continua de todos los trabajadores al mismo tiempo que ayudar al empresario a formar a su plantilla. Una plantilla con una mejor cualificación implica un rendimiento más eficaz y eficiente en cualquier sector productivo.
El sistema de formación continua, regulado por la Orden Ministerial ORDEN TAS/2307/2007, de 27 de julio, estipula la financiación de las acciones formativas, siendo bastante generosa sobre todo con las pequeñas y medianas empresas.
¿Cómo funciona?
El Ministerio de Trabajo asigna un crédito de formación a todas las empresas. Este crédito es una cuantía para gastarse en Formación Continua, que no hay que entenderlo como un crédito bancario, sino un importe que le corresponde a cada empresa, de gasto libre en Formación. El organismo encargado de la gestión de la bonificación es la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo.
¿De dónde surge el crédito de formación?
El importe del crédito de formación está determinado, en parte, por la suma de las retenciones por formación profesional de las nóminas de cada trabajador. Así, una empresa que haya cotizado en suma una cantidad de 600 € por formación profesional, dispondrá, a priori, de un crédito de formación de 600 € a gastar libremente a lo largo de un año.
Pero es a priori, puesto que el Ministerio establece lo que denomina "porcentajes de bonificación" que varían en función de la plantilla media que posee una empresa. Puede simular el cálculo de su crédito de formación con el siguiente formulario:
Independientemente del número medio de trabajadores que tenga la empresa y de lo cotizado por la contingencia de formación profesional, ha de saber que tiene garantizado un crédito de 420 € mínimos para desarrollar su formación bonificada, para empresas pequeñas (1-5 trabajadores).
¿Qué pasos ha de seguir?
Una vez que conoce aproximadamente el crédito que dispone de formación tan sólo lo que tiene que hacer es gastárselo. Si no utiliza este crédito de formación en un año habrán perdido esta cuantía, que el Ministerio ha puesto a su disposición, sin haberlo disfrutado.
Cuando conozca el crédito de formación que dispone, elabore su plan de formación teniendo en cuenta que se podrá bonificar hasta la cuantía que se le ha asignado, siempre que cumpla los requisitos. A medida que vaya desarrollando su formación y bonificándosela, la cuantía del crédito de formación se irá restando. Desde que decide realizar la formación hasta que se la bonifica, son necesarios una serie de trámites administrativos que Acfor Consulting se los gestiona gratuitamente con cada uno de sus cursos.
En el caso de las empresas de 1 y 2 trabajadores, el crédito mínimo 420 € se asigna anualmente.
¿Cómo se bonifica la formación?
Una vez realizada la formación, Acfor Consulting debe de comunicar el cierre del curso a la Fundación Tripartita. Tras este paso, Acfor Consultingle enviará:
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Un informe del importe a bonificarse a través de los boletines de cotización a la Seguridad Social, ya sea mediante el Sistema RED o a través de un TC complementario, dependiendo de lo que utilice para sus comunicaciones con la Tesorería General de la Seguridad Social.
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Documento explicativo como aplicar la bonificación (deducción) en los Boletines Seguros Sociales.
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Diploma que Certifica la finalización de la formación.
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Factura Bonificable.
Como último paso, la empresa que ha realizado la formación, deberá abonar el importe de la factura= bonificación realizada al centro de formación Organizador Acfor Consulting. De esta manera su empresa ha hecho uso del crédito de formación que disponen. Además, deberá de reflejar en su sistema contable el gasto en formación.
¿Qué trabajadores pueden acceder a este modelo de Formación Continua?
Podrán realizar cursos bonificados todos los trabajadores que coticen por la contingencia de Formación Profesional en empresas privadas o Entidades Públicas Empresariales.
Por lo tanto, quedan excluidos los Funcionarios y los autónomos, así como cualquier trabajador en organismos públicos no empresariales.
También la empresa debe tener en cuenta que para poder bonificarse el coste en formación debe de encontrarse al corriente de pago con la Seguridad Social y Hacienda.
Información genérica sobre Formación Bonificada
Aunque el sistema de bonificación resulta extremadamente sencillo, para que la formación le resulte bonificable, se requiere una tramitación administrativa con la Fundación Tripartita para la Formación en el Empleo. Acfor Consulting es especialista en esta gestión desde hace años y le facilita y le realiza gratuitamente todos los trámites burocráticos.
Como Entidad Organizadora, Acfor Consulting con cada uno de los cursos que le imparte, gratuitamente añade los siguientes servicios:
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Estudio específico de la empresa para detectar sus necesidades formativas.
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Tramitar ante el organismo público toda la documentación de la formación.
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Custodiar la documentación.
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Planificar las acciones formativas que se van a realizar.
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Enviar el material fungible y didáctico necesario para la formación.
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Presentar la justificación técnica y económica de cada acción.
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Facilitar a la empresa la justificación de la bonificación de la formación realizada.
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